Casos de éxito
Casos resueltos por abogados especialistas
Así trabajan los abogados de nuestra red: la situación con la que llegó cada cliente, qué se hizo y cómo terminó. Nombres cambiados por confidencialidad.
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Todos los casos
Cada caso resume la situación, lo que hizo el abogado y el resultado. Pulsa en uno para leerlo entero.
5 meses
para firmar la partición, sin llegar a juicio
Una herencia bloqueada entre tres hermanos, repartida sin juicio
- Situación
- Tras fallecer su madre, tres hermanos heredaron el piso familiar en Madrid y una cuenta bancaria. Uno vivía en la casa y se negaba a vender; los otros dos necesitaban liquidar su parte. Llevaban más de un año sin acuerdo y el plazo del impuesto de sucesiones estaba a punto de vencer.
- Qué se hizo
- La abogada de herencias presentó primero el impuesto para evitar recargos y después propuso una partición en la que el hermano que vivía en el piso se lo adjudicaba compensando a los otros dos con dinero, con una tasación independiente. Cuando la negociación se estancó, planteó por escrito la división judicial como alternativa, lo que aceleró el acuerdo.
- Resultado
- Los tres hermanos firmaron la escritura de partición cinco meses después del primer contacto. El hermano que vivía en el piso se lo quedó pagando a los otros dos su parte en dieciocho meses, sin pleito y sin recargos de Hacienda.
M. R. · MadridVer el caso
11.400 €
devueltos por Hacienda de la retención del 3 %
Vendió su piso en Alicante desde Londres y recuperó la retención del 3 %
- Situación
- Residente en Londres desde hacía ocho años, vendió el apartamento que conservaba en Alicante. En la notaría el comprador le retuvo el 3 % del precio, como marca la ley para no residentes, y nadie le explicó qué hacer después. Temía además una sanción por no haber declarado nunca el inmueble.
- Qué se hizo
- El asesor fiscal reconstruyó el valor de adquisición con la escritura de compra, los impuestos pagados entonces y las reformas justificadas, calculó la ganancia real y presentó el modelo 210 dentro de los cuatro meses de plazo. Como la cuota resultante era inferior a lo retenido, solicitó la devolución de la diferencia y regularizó los años anteriores con la imputación de renta, que era mínima.
- Resultado
- Hacienda devolvió 11.400 € del importe retenido siete meses después de presentar el modelo 210. La regularización de los años anteriores supuso menos de 300 € y evitó cualquier sanción.
C. L. · Residente en el Reino UnidoVer el caso
28.600 €
de indemnización reconocida en el acto de conciliación
Un despido disciplinario que terminó en indemnización por improcedente
- Situación
- Técnico de mantenimiento con once años en la empresa, recibió una carta de despido disciplinario por supuestas faltas de puntualidad que no constaban en ningún registro. La carta no incluía indemnización y la empresa le ofreció firmar un finiquito «para no complicarse». Consultó con doce días hábiles ya consumidos.
- Qué se hizo
- El abogado laboralista presentó la papeleta de conciliación al día siguiente, pidió a la empresa los registros de jornada que la ley obliga a conservar y preparó la demanda por despido improcedente con los recibos de nómina para calcular la indemnización de 33 días por año trabajado.
- Resultado
- En el acto de conciliación, sin llegar a juicio, la empresa reconoció la improcedencia del despido y pagó 28.600 € de indemnización más el finiquito completo. El trabajador cobró en un plazo de treinta días.
J. P. · ValenciaVer el caso
18.000 €
de señal protegida y la vivienda libre de cargas al firmar
Firmaron las arras y apareció un embargo: compraron igualmente, sin cargas
- Situación
- Una pareja firmó un contrato de arras por una vivienda en Sevilla y entregó 18.000 € de señal. Al pedir la nota simple para la hipoteca apareció un embargo de la Agencia Tributaria sobre la finca. El vendedor restaba importancia al asunto y pedía firmar en la fecha prevista.
- Qué se hizo
- El abogado inmobiliario revisó el contrato de arras, exigió por burofax la cancelación del embargo antes de la escritura y negoció una prórroga del plazo de firma sin perder la señal. Coordinó con la notaría que la deuda se pagara con parte del precio en el mismo acto, con la carta de pago y el mandamiento de cancelación.
- Resultado
- La compraventa se firmó cinco semanas después de la fecha inicial, con el embargo cancelado y sin que los compradores adelantaran un euro más. La vivienda se inscribió a su nombre libre de cargas.
A. y L. · SevillaVer el caso
2.350 €
recuperados más los intereses desde el día en que los pagó
Recuperó los gastos de su hipoteca de 2009 con intereses
- Situación
- Firmó su hipoteca en 2009 y pagó íntegros los gastos de notaría, registro, gestoría y tasación, como entonces imponían los bancos. Reclamó por su cuenta al servicio de atención al cliente y recibió una negativa por escrito alegando que la acción había prescrito.
- Qué se hizo
- El abogado reunió las facturas originales, recalculó lo que correspondía reclamar según la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el plazo de prescripción y presentó la demanda en el juzgado especializado de Zaragoza, con solicitud de condena en costas.
- Resultado
- La sentencia condenó al banco a devolver 2.350 € más los intereses legales desde la fecha de cada pago y a pagar las costas. El cliente no adelantó honorarios: se cobraron del importe recuperado y de las costas.
R. S. · ZaragozaVer el caso
3 semanas
desde la primera reunión hasta la sociedad inscrita y operativa
Tres socios con aportaciones distintas: una SL con reglas claras en tres semanas
- Situación
- Tres profesionales querían montar una consultora en Barcelona. Dos aportaban el capital inicial y el tercero dedicaría jornada completa sin sueldo los primeros meses. No sabían cómo repartir las participaciones, qué pasaría si uno se iba ni quién decidía en caso de empate.
- Qué se hizo
- El abogado mercantil redactó unos estatutos a medida y un pacto de socios con reparto de participaciones ligado a hitos, cláusulas de permanencia y salida, derecho de adquisición preferente y una regla de desempate. Tramitó la denominación, el depósito del capital, la escritura y la inscripción en el Registro Mercantil.
- Resultado
- La sociedad quedó inscrita y dada de alta en Hacienda tres semanas después de la primera reunión. Un año más tarde, uno de los socios decidió salir y la operación se cerró en quince días aplicando lo pactado, sin conflicto.
Consultora tecnológica · BarcelonaVer el caso
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Cómo se llega al resultado
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Antes de consultar
Qué preparar para que tu caso empiece bien
No hace falta tenerlo todo, pero con esto el abogado entiende tu situación desde la primera llamada.
- Los documentos clave: contrato, escritura, testamento, carta de despido o la notificación que hayas recibido.
- Las fechas importantes: cuándo firmaste, cuándo te notificaron o cuándo falleció la persona. Algunos plazos son cortos.
- Un resumen breve de lo que ha pasado, en orden, con las personas o empresas implicadas.
- Lo que ya has hecho: reclamaciones, correos, burofax o conversaciones con la otra parte.
- Qué quieres conseguir: recuperar dinero, vender, repartir, llegar a un acuerdo…
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Preguntas frecuentes
Dudas sobre los casos de éxito
¿Mi caso saldrá igual?
Cada caso es distinto. Estos casos muestran cómo trabajan los abogados de nuestra red, pero ningún abogado puede garantizarte un resultado: depende de los hechos, de las pruebas y de los plazos de tu situación.
¿Quién lleva el caso, vosotros o el abogado?
El abogado. Lienzo Legal no es un despacho: te ponemos en contacto con un abogado colegiado especialista y es él quien estudia tu caso y, si lo contratas, lo lleva.
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Depende del tipo de asunto y de si hay acuerdo o hace falta ir a juicio. El abogado te dará una estimación realista cuando estudie tu caso.
¿En qué tipo de casos podéis ayudarme?
En vivienda e inmobiliario, urbanismo, hipotecas, herencias, fiscalidad, derecho laboral y derecho mercantil. Si no sabes en qué área encaja el tuyo, cuéntanoslo igualmente.
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